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LOS CERTIFICADOS DE DISCAPACIDAD NO TENDRÁN FECHA DE VENCIMIENTO

Así lo estableció el Gobierno Nacional, a través de la Resolución 322/2023 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), publicada hoy en el Boletín Oficial.


La Resolución 322/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial ratifica la implementación progresiva, gradual y en etapas, de una nueva dinámica de vinculación de las personas con discapacidad. Será tanto para quienes ya poseen el Certificado Unico de Discapacidad, como para aquellas que tramiten la obtención del mismo por primera vez.

Entre las novedades y mejoras introducidas, se destaca que el CUD ya no tendrá vencimiento; y el Estado será el que adopte un rol proactivo para acompañar a las personas con discapacidad durante todo su curso de vida y se promoverá una innovación tecnológica que permitirá la simplificación, desburocratización y agilización de los trámites vinculados con la certificación.

La primera etapa, prevé que los CUD se emitan sin plazo de vencimiento, tanto en su versión física como digital, previendo, a su vez, un período en el que el Estado tomará contacto con la persona con discapacidad para acompañarla y mantener sus datos actualizados.

Las instancias de acompañamiento y actualización se efectivizarán con una periodicidad entre los 5 y 15 años, contados desde la certificación inicial o de la instancia de actualización correspondiente, mediante un contacto y acercamiento fehaciente por parte del Estado, a través de los canales y vías de comunicación existentes y de los que se implementen en el marco de la innovación tecnológica planificada a tal efecto.

La implementación de estas mejoras requerirá la adopción de diversas medidas administrativas, normativas y tecnológicas que se irán formalizando paulatinamente.

























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