Así lo estableció el Gobierno Nacional, a través de la Resolución 322/2023 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), publicada hoy en el Boletín Oficial.
La primera etapa, prevé que los CUD se emitan sin plazo de vencimiento, tanto en su versión física como digital, previendo, a su vez, un período en el que el Estado tomará contacto con la persona con discapacidad para acompañarla y mantener sus datos actualizados.
Las instancias de acompañamiento y actualización se efectivizarán con una periodicidad entre los 5 y 15 años, contados desde la certificación inicial o de la instancia de actualización correspondiente, mediante un contacto y acercamiento fehaciente por parte del Estado, a través de los canales y vías de comunicación existentes y de los que se implementen en el marco de la innovación tecnológica planificada a tal efecto.
La implementación de estas mejoras requerirá la adopción de diversas medidas administrativas, normativas y tecnológicas que se irán formalizando paulatinamente.